Club de Encuentro

Manuel Broseta

1 octubre, 2015

Santiago Muñoz Machado trató la defensa de los derechos en la apertura del curso académico

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El Catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense y Secretario de la RAE Santiago Muñoz Machado fue el encargado de abrir la temporada de conferencias del nuevo curso académico.  Y lo hizo con una charla en la que repasó las garantías de los derechos fundamentales. El Presidente del Club, Francisco Puchol destacó del invitado, que más allá de su trabajo como catedrático, Santiago se distingue “por su firme compromiso con la defensa de los derechos y libertades”, un tema de gran interés para la Junta Directiva que decidió programar la clausura de la temporada anterior con la conferencia del profesor Martín  Queralt sobre el mismo asunto.

El abogado y socio del Club, Javier Boix fue el encargado de presentar al conferenciante. Boix repasó la carrera del invitado del que subrayó su “perfil profundamente humanista”. “Santiago, además de un gran jurista es un gran ciudadano”, resaltó, además de señalar sus aptitudes como maestro, con su excepcional “claridad” y su trabajo como defensor de las libertades.

Bajo el título «Viejos y nuevos problemas, estatales y europeos, de la tutela judicial de los derechos”, Muñoz  recordó la situación actual en la que se encuentran la defensa de la protección de los derechos fundamentales y lo hizo desde una doble perspectiva, una histórica y otra supranacional o europea. “¿Cuál es el papel de los jueces en esta materia? ¿Ha mejorado mucho respecto a épocas pasadas?”, se preguntó al principio de la conferencia.

El catedrático comenzó su intervención remontándose a 1789 cuando se declaró en París la declaración de los derechos del Hombre y el Ciudadanos y las tres fórmulas institucionales que garantizaban tales derechos: separación de poderes, establecimiento del reino de la ley para cambiar el antiguo régimen y control judicial de los excesos del poder en la protección de los derechos, especialmente en las áreas del derecho punitivo del Estado. Muñoz repasó las antiguas justicias que funcionaban en aquella época, la inquisitorial, la eclesiástica y la real y explicó los procedimientos por los se impartía entonces la justicia. “Contra todo esto lucharon los primeros constitucionalistas, entre ellos los filósofos ilustrados”, afirmó.

“Todo esto se arreglaría a partir de la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano que contenía tres preceptos emocionantes”, que explicó a continuación. “Impresionante el cambio si se mide en el contexto en el que se produce”, dijo Muñoz. Desaparece la tortura en Francia y España, pero no la pena de muerte.  El catedrático habló también de la defensa de los derechos y libertades en nuestro país, a partir de la Constitución de 1812. Sin embargo, según comentó, las prácticas de aquella época estaban lejos de las leyes, no funcionaban y “no habían cambiado sustancialmente las cosas”. Seguía existiendo la arbitrariedad cuando se declaró la ley de Enjuiciamiento Criminal de 1882 en España, los procesos eran interminables, las prisiones preventivas se producían caprichosamente,  el interés del juzgador “era evidente”, los funcionarios tenían interés en que se condene.

De aquí el profesor saltó a la Constitución de 1978 que contiene “otros preceptos emocionantes”, el principio de legalidad, el enfoque de las penas hacia la reeducación y la reinserción o el derecho de toda persona a la tutela judicial. Sin embargo, según él, las cosas no mejoraron después de 1978, si no que advino un fenómeno nuevo, “el entrecruce de jurisdicciones”.

Santiago Muñoz se refirió a continuación a los problemas actuales a los que se enfrenta la justicia penal, entre ellos la excesiva discrecionalidad acusatoria, para proseguir hablando de los problemas de otras justicias a escala estatal y europea. “¿Vamos a mejor o hay que hacer una revisión?”,  se preguntó.  Muñoz habló de la interferencia continua de las diferentes jurisdicciones y del funcionamiento de los tribunales supranacionales como el Tribunal de Justicia de la Unión Europea o el de los Derechos Humanos de Estrasburgo para concluir que hay una sobreabundancia de garantías. Muñoz citó algunos ejemplos prácticos y cerró su intervención con otro interrogante: “¿es esto serio?”.

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